
resumen de las normas
CUÁNDO: El ganador será seleccionado el jueves 23 de octubre alrededor de las 15:00 h.
DÓNDE: Equip Expo: 937 Phillips Ln, Louisville, KY 40209
QUÉ:
-Dos Hustler® 52" Super S (modelo #943142) MSRP $28,308
- Remolque utilitario de eje tándem de 16'' con soportes MSRP $5,000
- Paquete de equipo para exteriores DEWALT® MSRP $7,848
- Debe estar presente para registrarse y ganar
- Debe ser mayor de 18 años
- No es necesario realizar ninguna compra
Consulte a continuación todas las condiciones, incluidas las implicaciones fiscales y el cobro del premio.
NORMAS OFICIALES
NO ES NECESARIO COMPRAR PARA PARTICIPAR O GANAR. UNA COMPRA NO AUMENTARÁ SUS POSIBILIDADES DE GANAR.
El Sorteo del Remolque Hustler® Landscaper 2025 ("Sorteo") está patrocinado por Hustler®, una división de Black & Decker (US) Inc. 200 S Ridge Rd, Hesston, KS 67062 ("Patrocinador"). Este sorteo se celebrará en el stand de Hustler número 5116 en la Equipment Expo 937 Phillips Ln, Louisville, KY 40209. El período de inscripción es el 22 de octubre de 2025, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. y el 23 de octubre de 2023, de 9:00 a.m. a 2:30 p.m. Hora del Este ("ET") (el "Período de Inscripción"). El reloj del Patrocinador es el cronometrador oficial del Sorteo. Al participar en este Sorteo, cada participante acepta incondicionalmente y se compromete a cumplir y acatar estas Reglas Oficiales y las decisiones del Patrocinador, que serán definitivas y legalmente vinculantes en todos los aspectos. Cada participante entiende que está proporcionando su información al Patrocinador, y que la información proporcionada se utilizará de acuerdo con la política de privacidad del Patrocinador(https://www.stanleyblackanddecker.com/privacy-policy). En caso de conflicto entre la política de privacidad del Patrocinador y estas Reglas Oficiales, prevalecerán estas Reglas Oficiales. Cualquier información personal identificable recopilada durante la participación de un participante en este Sorteo será recopilada por el Patrocinador o la persona que éste designe y utilizada por el Patrocinador y/o las personas que éste designe con fines de administración, cumplimiento, publicidad y promoción adecuados de este Sorteo, tal y como se describe en estas Reglas Oficiales, tal y como se establece en la política de privacidad del Patrocinador o según lo consienta expresamente el participante durante cualquier oportunidad de participación por separado que se le ofrezca durante este Sorteo. Si un participante no está totalmente de acuerdo con los términos de la Política de Privacidad, dicho participante no debe participar en este Sorteo. Límite de una (1) Participación por persona; (1) Ganador a declarar; y (1) Premio a otorgar. Sujeto a las leyes y normativas federales, estatales y locales. Nulo donde esté prohibido.
1. 2. ELEGIBILIDAD: Este Sorteo está abierto únicamente a personas que sean residentes legales de EE.UU. (50 estados o Wash., DC), mayores de dieciocho (18) años y profesionales del paisajismo que asistan a la Exposición de equipos. Los empleados, sus familiares directos (cónyuge, pareja de hecho, hijos, hermanos, padres, abuelos, nietos y familiares adoptivos) y/o las personas que vivan en el mismo hogar (emparentadas o no) del Patrocinador, Stanley Black & Decker, Inc., distribuidores o sus filiales (individual y colectivamente, "Entidades del sorteo") no pueden participar.
2. 2. CÓMO PARTICIPAR: Los Participantes pueden participar en este Sorteo, únicamente durante el Período de Participación, de la siguiente manera:
(A) visitar el stand #5116 de Hustler Turf Equip Expo;
(B) escanear el código QR e inscribirse para recibir comunicaciones de marketing;
(C) aceptar las Reglas Oficiales y los Términos de Uso del Sorteo;
(D) Los participantes deben estar presentes en el stand de Hustler en el momento del sorteo al azar para ganar.
Límite de una (1) Participación por persona. La participación en este Sorteo constituye un permiso (excepto donde lo prohíba la ley) para utilizar el nombre, la ciudad, el estado, el parecido, la imagen y la Participación del participante con fines de publicidad, promoción y propaganda en todos los medios conocidos en la actualidad o en el futuro, en todo el mundo y a perpetuidad, sin compensación, notificación, permiso o aprobación adicionales. Todas las Participaciones pasarán a ser propiedad del Patrocinador y no serán devueltas ni podrán ser objeto de reconocimiento. Si el Patrocinador determina que un participante ha participado en este Sorteo más de una vez, la primera Participación de dicho participante será la única válida y las demás serán anuladas. Si este Sorteo no se completa de acuerdo con estas Reglas Oficiales, se anulará la participación del participante. Queda prohibida la manipulación del proceso de participación o del funcionamiento de este Sorteo y se anulará cualquier participación que el Patrocinador considere, a su entera y absoluta discreción, que ha sido introducida de esta forma. Una participación será descalificada si ha sido falsificada, alterada o manipulada de cualquier forma.
3. SELECCIÓN AL AZAR: El sorteo al azar se celebrará el 23 de octubre de 2025 o alrededor de las 15:00 horas, hora del Este. La (1) Participación que resulte sorteada será declarada "Ganador" potencial. SE REQUIERE LA PRESENCIA DE LOS PARTICIPANTES PARA GANAR. Las probabilidades de ganar dependen del número total de Participaciones válidas recibidas por el Patrocinador durante el Periodo de Participación. El Ganador potencial debe cumplir todos los términos y condiciones de estas Reglas Oficiales y ganar el premio está supeditado al cumplimiento de todos esos requisitos. UN PARTICIPANTE NO ES EL GANADOR OFICIAL A MENOS QUE Y HASTA QUE SE HAYA VERIFICADO LA ELEGIBILIDAD DEL PARTICIPANTE Y ÉSTE HAYA SIDO INFORMADO POR EL PATROCINADOR DE QUE LA VERIFICACIÓN SE HA COMPLETADO.
4. 4. NOTIFICACIÓN / ACEPTACIÓN DEL PREMIO: El Ganador potencial se determinará en el momento de la participación en el Sorteo. El posible Ganador deberá aceptar el premio respectivo devolviendo al Patrocinador un formulario W-9 del IRS cumplimentado y firmado personalmente (a) y (b) una Declaración Jurada de Elegibilidad, Exención de Responsabilidad/Publicidad (excepto donde lo prohíba la ley) confirmando el cumplimiento de estas Reglas Oficiales por parte de dicho posible Ganador y eximiendo a las Partes Exoneradas de cualquier responsabilidad en relación con la Participación de dicho posible Ganador en este Sorteo y su aceptación, posesión, uso o mal uso del premio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al primer intento de notificación por parte del Patrocinador. El Patrocinador no será responsable de las notificaciones que, por cualquier motivo, no reciba el posible Ganador. Si el posible Ganador no responde a la notificación y no acepta el premio tal y como se requiere en este documento o si la notificación del premio se devuelve como no reclamada o imposible de entregar, dicho posible Ganador será descalificado y perderá el derecho al premio. Si se determina que el posible Ganador no es elegible, no ha cumplido con estas Reglas Oficiales o rechaza el premio, dicho posible Ganador será descalificado y perderá el derecho al premio. Si el posible Ganador es descalificado o pierde el derecho al premio, el Patrocinador podrá, aunque no estará obligado a ello, seleccionar un posible Ganador alternativo.
5. PREMIO: El Premio consiste en lo siguiente:
El premio no es asignable ni transferible y no tiene valor en metálico ni en créditos. El Patrocinador se reserva el derecho, a su entera y absoluta discreción, de sustituir el premio por otro de igual o mayor valor, por cualquier motivo. El Ganador DEBERÁ recoger personalmente el Vehículo del Premio en el lugar de entrega especificado Southern Lawn Equipment, 4505 Corey Dr. NE, Lanesville, IN en un plazo de sesenta (60) días a partir de la notificación por escrito de la entrega. El ARV del premio representa la determinación de buena fe del Patrocinador, es definitiva y vinculante y no puede ser impugnada ni apelada. Todos los impuestos sobre la renta y otros impuestos (federales, estatales y locales) sobre el Premio son responsabilidad exclusiva del Ganador. SE ACONSEJA AL GANADOR QUE BUSQUE ASESORAMIENTO INDEPENDIENTE EN RELACIÓN CON LAS IMPLICACIONES FISCALES DE LA ACEPTACIÓN DEL PREMIO. EL GANADOR RECIBIRÁ UN FORMULARIO 1099 DEL IRS POR UN IMPORTE DE 42.355 DÓLARES.
6. DIVULGACIÓN PUBLICITARIA DEL GANADOR: La aceptación del premio constituye el permiso del Ganador para que el Patrocinador utilice el nombre, la fotografía, el vídeo, la imagen, el parecido, la voz, la información biográfica, las declaraciones, el testimonio (en su totalidad o en parte), la información sobre el premio y la dirección (ciudad y estado) del Ganador (colectivamente, los"Atributos") con fines publicitarios y/o divulgativos en todo el mundo y en todos los medios de comunicación conocidos en la actualidad o que se conciban en el futuro, a perpetuidad, sin compensación o autorización adicional (excepto cuando la ley lo prohíba) y el Ganador exime al Patrocinador de todas las reclamaciones derivadas del uso de dichos Atributos. El Patrocinador podrá publicar o divulgar el nombre del Ganador previa solicitud por escrito cuando así lo exija la ley.
7. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y EXENCIONES: Al participar en este SORTEO, CADA PARTICIPANTE ACEPTA, en nombre del participante y de sus herederos, albaceas, administradores, representantes, aseguradores y cesionarios: (A) eximir e indemnizar a las Entidades del Sorteo, a los proveedores de premios del Sorteo, a todas las personas y entidades involucradas en la realización, administración, publicidad o promoción de este Sorteo y a cada uno de sus respectivos directivos, directores, empresas matrices, filiales, afiliados, empleados, representantes, licenciatarios y agentes pasados y presentes (colectivamente, "Partes Exoneradas") de cualquier reclamación, gasto, responsabilidad, lesión personal, muerte, enfermedad, pérdida de propiedad, litigios o daños de cualquier tipo a personas y/o bienes (incluidos, entre otros, invasión de la intimidad en virtud de apropiación, intrusión, divulgación pública de hechos privados, falsa publicidad u otra teoría legal, difamación, calumnia, injuria, violación del derecho de publicidad, infracción de marca registrada, derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual) que puedan producirse, directa o indirectamente, ya sean causados por negligencia o no, derivados de la participación de dicho participante en el Sorteo y/o de la aceptación, posesión, uso y/o mal uso del premio por parte de dicho participante; y (B) indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a las Partes Exoneradas frente a cualesquiera reclamaciones, gastos y/o responsabilidades derivadas o relacionadas con la participación de dicho participante en este Sorteo y/o la aceptación, uso y/o mal uso del premio por parte del participante. Las Partes Exoneradas no son responsables de, y cada participante exime por la presente a las Partes Exoneradas de, cualquier reclamación derivada de: (i) participaciones perdidas, tardías, ilegibles, mutiladas, mal dirigidas, dañadas, corrompidas, inaccesibles, inexactas o incompletas, ; (ii) fallos técnicos de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose al mal funcionamiento o interrupciones de cualquier ordenador, equipo, cable, red, hardware o software, programación, o problemas técnicos o congestión de tráfico en Internet; (iii) intervención humana no autorizada en el proceso de participación o error técnico o humano que pueda producirse en la administración o procesamiento de las Participaciones en este Sorteo; y (iv) robo, manipulación, destrucción, acceso no autorizado o alteración de las participaciones. El Patrocinador no se hace responsable de ningún error electrónico o tipográfico en la impresión, publicidad o reproducción de estas Reglas Oficiales, en ningún anuncio o material promocional relacionado con este Sorteo (impreso o en línea) o en la administración de este Sorteo, incluyendo, entre otros, la representación del premio o el anuncio del Ganador.
8. EXENCIÓN DE RECLAMACIONES (CALIFORNIA): Cada participante reconoce que existe la posibilidad de que, tras su participación en este Sorteo y su adhesión a estas Reglas Oficiales, descubra hechos o incurra o sufra reclamaciones desconocidas o insospechadas en el momento de aceptar estas Reglas Oficiales y que, de haberlas conocido en ese momento, podrían haber afectado materialmente a su decisión de participar en este Sorteo. Dichos participantes reconocen y aceptan que, en virtud de las presentes Reglas Oficiales y de la exención de responsabilidad contenida en los apartados anteriores, asumen cualquier riesgo derivado de tales hechos desconocidos y de tales reclamaciones desconocidas e insospechadas. Dichos participantes reconocen que han leído estas Reglas Oficiales y, como tales, por la presente han sido informados de la existencia de la Sección 1542 del Código Civil de California, que establece: "Una exoneración general no se extiende a reclamaciones que el acreedor no conozca o sospeche que existen a su favor en el momento de ejecutar la exoneración, las cuales, de haber sido conocidas por él, habrían afectado materialmente a su acuerdo con el deudor."
9. DESCALIFICACIÓN/FUERZA MAYOR: El Patrocinador se reserva el derecho a modificar, ampliar o finalizar este Sorteo si determina, a su entera discreción, que este Sorteo está técnicamente deteriorado o corrompido o que el fraude o los problemas técnicos, fallos o mal funcionamiento u otras causas ajenas al control del Patrocinador han destruido o socavado gravemente o han perjudicado en cualquier grado la integridad, administración, seguridad, correcto desarrollo y/o viabilidad de este Sorteo tal y como se contempla en el presente documento. Si se recibe un número insuficiente de Participaciones válidas y/o el Patrocinador se ve impedido de otorgar el premio o continuar con este Sorteo tal y como se contempla en el presente documento por cualquier acontecimiento fuera de su control, incluidos, entre otros, incendio, inundación, epidemia natural o provocada por el hombre u otros medios, terremoto, explosión, conflicto laboral o huelga, caso fortuito o enemigo público, fallo del satélite o del equipo, revuelta o disturbios civiles, amenaza o actividad terrorista, o cualquier ley, orden o reglamento del gobierno federal, estatal o local, crisis de salud pública, pandemia (e.g. Coronavirus/Covid-19), orden de cualquier tribunal o jurisdicción, u otra causa que no esté razonablemente bajo el control del Patrocinador (cada uno de ellos un evento o suceso de "Fuerza Mayor" ), el Patrocinador tendrá derecho a modificar, ampliar o finalizar este Sorteo. Si este Sorteo se cancela antes de la fecha de finalización designada, el Patrocinador seleccionará (si es posible) a los posibles Ganadores en un sorteo al azar entre todas las Participaciones elegibles y no sospechosas recibidas en la fecha del evento que dio lugar a la cancelación. La inclusión en dicho sorteo será el único y exclusivo recurso de cada participante en tales circunstancias.
10. CONTROVERSIAS: Excepto donde esté prohibido, el participante acepta que: (1) todas y cada una de las disputas, reclamaciones y causas de acción que surjan de o estén relacionadas con este Sorteo o con el premio otorgado se resolverán individualmente, sin recurrir a ninguna forma de acción colectiva; (2) todas y cada una de las reclamaciones, sentencias y premios se limitarán a los costes reales en los que se haya incurrido, incluidos los costes asociados a la participación en este Sorteo, pero en ningún caso a los honorarios de abogados o procuradores; y (3) a menos que se prohíba lo contrario, bajo ninguna circunstancia se permitirá al participante obtener indemnizaciones por daños indirectos, punitivos, incidentales y consecuentes y cualquier otro daño que no sean los gastos reales de su bolsillo, así como cualquier derecho a que los daños se multipliquen o aumenten de otro modo, y el participante renuncia por la presente a todos los derechos a reclamarlos. Todas las cuestiones y preguntas relativas a la construcción, validez, interpretación y aplicabilidad de estas Reglas Oficiales se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes del Estado de Maryland, sin dar efecto a ninguna elección de ley o conflicto de normas legales (ya sea del Estado de Maryland o de cualquier otra jurisdicción), lo que causaría la aplicación de las leyes de cualquier jurisdicción distinta del Estado de Maryland.
11. REGLAS OFICIALES/LISTA DE GANADORES: Para obtener estas Reglas Oficiales o la Lista de Ganadores, envíe un sobre con su dirección a Hustler® Landscaper Trailer Giveaway 2023, 200 S Ridge Rd, Hesston, KS 67062, Attn.: Hustler Brand Team. Todas estas solicitudes deben recibirse antes del 30 de noviembre de 2025.